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Reforma del código penal

La Mesa Española de la Bicicleta, de la que forma parte IMBA, celebra la aprobación de la reforma del Código Penal que permitirá mejorar la protección de los usuarios de la bicicleta y de las víctimas de siniestros viales.

A partir de la aprobación de esta reforma, se acaba con la impunidad y con los defectos derivados de la anterior reforma del código penal de 2015, que daba lugar a interpretaciones que desprotegían a las víctimas:

Se acaba con el archivo automático y no motivado de la inmensa mayoría de las causas. No podrán existir archivos si se comete una infracción a una norma de tráfico y a causa de esa infracción se provoca las lesiones o el fallecimiento.

El juez se verá obligado a valorar si existe por parte del causante del accidente una infracción calificada como grave a la ley de Seguridad Vial, y si ésta “determinara” ser causa del accidente y producir la lesión o el fallecimiento, se reputará en todo caso como imprudencia menos grave de no ser calificada como grave y por tanto merecedora de reproche penal.

El juez deberá de motivar la existencia de esta determinación o la inexistencia de la misma en la resolución judicial pertinente, bien en el auto de procesamiento, o en el auto de archivo. o por supuesto en la sentencia que condene al causante del accidente o le absuelva.

Si existe un accidente causado por imprudencia grave y se huye del lugar de los hechos, será considerado delito de fuga de un modo inequívoco.

Se obliga a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado a instruir un atestado cada vez que haya un siniestro vial con lesionados o víctimas, y la obligación de remitirlo a la autoridad judicial.

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